Limitación de la asistencia de dirección en riesgo de alcance trasero

En determinadas situaciones, la función puede operar con limitaciones, no interviniendo, por ejemplo en los siguientes casos:
  • con vehículos pequeños, por ejemplo, motocicletas
  • si la mayor parte del automóvil se ha internado en el carril contiguo
  • en vías/carriles con señalizaciones laterales imprecisas o inexistentes
  • fuera del intervalo de velocidad 60-140 km/h (37-87 mph)
  • cuando la servodirección trabaja a potencia reducida, por ejemplo, en caso de refrigeración por sobrecalentamiento (consulte el apartado "Dirección de relación variable").
Otras situaciones exigentes pueden ser las siguientes:
  • obras de carretera
  • calzada cubierta de nieve y/o hielo
  • vías de poca anchura
  • superficie de la carretera en mal estado
  • técnica de conducción muy deportiva
  • mal tiempo con visibilidad reducida.

En estas situaciones de alta dificultad, a esta función le puede resultar difícil ayudar al conductor de manera adecuada. En ese caso, se recomienda apagarla.

 Nota

Esta función utiliza de forma combinada la unidad de Cámara y la unidad de Radar, que presentan algunas limitaciones de carácter general. Consulte los apartados "Limitaciones de la unidad de cámara" y "Limitaciones de la unidad de radar".

Aparte de la unidad de cámara y radar, la función se sirve también del radar trasero del automóvil, que incluye algunas limitaciones generales que el conductor debe conocer. Amplíe esta información en el apartado "Limitaciones de BLIS".


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